Respuesta directa: las concesiones mineras en Chile se constituyen por resolución judicial, ante el juez de letras competente, a través de un procedimiento no contencioso. Hay dos tipos: la concesión de exploración, que hoy dura 4 años y no es renovable, y la de explotación (pertenencia), de duración indefinida mientras se pague la patente. El trámite culmina con la sentencia constitutiva y, en la explotación, con la mensura.
Exploración y explotación: dos concesiones distintas
La concesión de exploración habilita para investigar la existencia de minerales en un área determinada; la de explotación permite extraerlos y hacerse dueño de ellos. Ambas son derechos reales, protegidos constitucionalmente, y se constituyen judicialmente, no por acto administrativo.
Cómo se constituye la concesión de exploración
Se inicia con un pedimento presentado ante el tribunal, que individualiza el área solicitada. Tras las publicaciones y trámites legales, el tribunal dicta la sentencia que constituye la concesión. Desde la Ley N° 21.420, la concesión de exploración tiene una duración de 4 años y no es renovable por el titular ni por personas relacionadas; al término, debe entregarse al SERNAGEOMIN la información geológica obtenida.
Cómo se constituye la concesión de explotación
Se inicia con una manifestación ante el tribunal. Luego vienen las publicaciones, la solicitud de mensura, la operación de mensura —que fija materialmente el terreno de la pertenencia— y la sentencia que constituye la concesión. La concesión de explotación es de duración indefinida, sujeta al pago anual de la patente.
La patente minera (amparo)
Las concesiones se amparan mediante el pago de una patente anual. La Ley N° 21.420 aumentó las patentes y estableció un esquema progresivo que favorece a los concesionarios que efectivamente ejecutan proyectos de explotación. No pagar la patente expone la concesión a un procedimiento de remate por el no pago.
Plazos y aspectos prácticos
El procedimiento tiene hitos y plazos legales estrictos —publicaciones, solicitud de mensura y otros— cuyo incumplimiento puede hacer caducar la solicitud. La superposición con otras concesiones o solicitudes previas es una fuente frecuente de conflictos, por lo que conviene revisar el catastro minero antes de pedir.
Errores frecuentes
Perder los plazos de publicación o de solicitud de mensura; definir mal las coordenadas del área; no revisar concesiones o pedimentos previos que se superpongan; y descuidar el pago de la patente, arriesgando la concesión.
Cuándo conviene asesoría especializada
El procedimiento concesional es formal y está lleno de plazos fatales; un error puede costar la concesión o generar superposiciones litigiosas. En Claussen & Velasco asesoramos en la constitución de concesiones de exploración y explotación y en los conflictos que surgen en el camino. Puede contactarnos o revisar nuestra área de Derecho Minero. Vea también nuestra guía sobre cómo constituir una servidumbre minera.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura una concesión de exploración?
4 años, sin posibilidad de renovación por el titular ni por personas relacionadas (Ley N° 21.420).
¿La concesión de explotación caduca?
Es de duración indefinida, pero se mantiene solo si se paga la patente anual; su no pago puede llevar al remate de la concesión.
¿Se constituyen ante un tribunal o ante el SERNAGEOMIN?
Se constituyen judicialmente, mediante sentencia. El SERNAGEOMIN interviene en la parte técnica (mensura, catastro) y recibe la información geológica.