Respuesta directa: para impugnar una factura en Chile debe reclamar contra su contenido dentro de 8 días corridos desde su recepción (art. 3 de la Ley N° 19.983), salvo que se haya pactado un plazo mayor dentro del máximo legal. Un reclamo oportuno y bien hecho impide que la factura quede irrevocablemente aceptada y le reste el mérito ejecutivo que permitiría cobrarla por juicio ejecutivo.
Qué significa impugnar una factura
Impugnar o reclamar una factura es manifestar formalmente el rechazo a su contenido: por ejemplo, porque los bienes o servicios no se entregaron, se entregaron parcialmente, el precio no corresponde o existen diferencias con lo pactado. La Ley N° 19.983 regula cómo y cuándo hacerlo.
El plazo: 8 días corridos
El comprador o beneficiario puede reclamar dentro de 8 días corridos desde la recepción de la factura, plazo que las partes pueden ampliar hasta el máximo que fija la ley. Si transcurre ese plazo sin reclamo y consta la recepción, la factura se tiene por irrevocablemente aceptada, lo que la habilita —cumplidos los demás requisitos— como título ejecutivo.
Cómo se reclama
El reclamo debe constar de manera fehaciente. Puede hacerse devolviendo la factura y la guía de despacho, o reclamando por escrito contra su contenido dentro de plazo, con constancia de la fecha y de quién reclama. En la factura electrónica, el rechazo se registra en el sistema respectivo. Lo esencial es dejar prueba de que se reclamó oportunamente.
Efectos del reclamo
Un reclamo dentro de plazo impide que la factura adquiera mérito ejecutivo por aceptación tácita: el emisor que quiera cobrar deberá acreditar la deuda por otras vías. Reclamar no extingue por sí solo la deuda si esta realmente existe, pero traslada la discusión a un terreno donde el acreedor debe probar.
Errores frecuentes
Dejar pasar los 8 días; reclamar de manera informal, sin constancia; confundir el reclamo tributario ante el SII con el reclamo civil del contenido; y no conservar respaldo de la recepción y del rechazo.
Cuándo conviene asesoría
Si recibe facturas que no corresponden o teme un cobro indebido, un reclamo oportuno y bien documentado es su mejor defensa; hacerlo tarde o mal puede dejarlo expuesto a un juicio ejecutivo. En Claussen & Velasco asesoramos en la impugnación de facturas y en la defensa frente a su cobro. Puede contactarnos o revisar Litigios y Arbitrajes. Si ya lo demandaron, vea qué hacer si le notifican judicialmente una factura.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para reclamar una factura?
8 días corridos desde su recepción, salvo que se haya pactado un plazo mayor dentro del máximo legal.
¿Qué pasa si no reclamo a tiempo?
La factura puede tenerse por irrevocablemente aceptada y, cumplidos los demás requisitos, adquirir mérito ejecutivo.
¿Reclamar la factura borra la deuda?
No necesariamente; impide el cobro ejecutivo por aceptación tácita, pero si la deuda existe el acreedor puede intentar cobrarla probándola.