Respuesta directa: si la DGA lo fiscaliza o le formula cargos, tiene un plazo breve para presentar descargos y aportar prueba. Desde la Ley N° 21.740 (2025), el procedimiento sancionatorio se modernizó y endureció: hay notificaciones electrónicas, multas que pueden llegar a montos altos, un procedimiento simplificado para infracciones menores y la facultad de la DGA de paralizar de inmediato extracciones ilegales. Reaccionar a tiempo y bien es clave.
Qué puede fiscalizar la DGA
La DGA vela por el uso legal de las aguas: puede fiscalizar extracciones sin derecho o por sobre lo autorizado, obras no autorizadas en cauces, y el incumplimiento de las condiciones de un derecho. Detectada una posible infracción, inicia un procedimiento sancionatorio.
Qué cambió con la Ley N° 21.740
La reforma de 2025 se enfocó en la fiscalización y las sanciones. Introdujo, entre otras cosas: notificaciones electrónicas; un procedimiento sancionatorio simplificado para infracciones menores; incentivos de pronto pago con descuento; plazos para que la DGA resuelva; la posibilidad de subsanar inobservancias menores dentro de un plazo, eximiéndose de multa; y la facultad de paralizar de inmediato extracciones ilegales, especialmente en zonas de escasez, con sellos y auxilio de la fuerza pública bajo control judicial.
Qué hacer si le formulan cargos
(i) Revise la notificación: qué se le imputa, con qué antecedentes y desde cuándo corre su plazo. (ii) Presente descargos dentro del plazo legal, acompañando la prueba de que actúa conforme a su derecho o de que subsanó la situación. (iii) Evalúe el pronto pago cuando la infracción es clara y el descuento conviene. (iv) Si hay orden de paralización, verifique su alcance y las vías para controvertirla. (v) Agotado el procedimiento, la resolución sancionatoria puede reclamarse por las vías que la ley franquea.
Plazos que no conviene perder
Los plazos del procedimiento sancionatorio son acotados —por ejemplo, para presentar descargos— y su incumplimiento puede dejarlo sin defensa. Por eso, apenas reciba una notificación, conviene actuar.
Errores frecuentes
Ignorar la notificación o dejar pasar el plazo de descargos; seguir extrayendo pese a una orden de paralización; no documentar el título y el uso efectivo del agua; y no evaluar a tiempo el pronto pago o la subsanación.
Cuándo conviene asesoría especializada
Un procedimiento de la DGA puede terminar en multas altas y en la paralización de la operación. En Claussen & Velasco defendemos a titulares en fiscalizaciones y procedimientos sancionatorios ante la DGA, y en las reclamaciones posteriores. Puede contactarnos o revisar nuestra área de Agua. Vea también cómo solicitar un derecho de aprovechamiento de aguas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo tengo para responder a la DGA?
El procedimiento contempla plazos breves para presentar descargos; conviene revisar la notificación y actuar de inmediato.
¿La DGA puede detenerme la extracción?
Sí. Desde la Ley N° 21.740 puede paralizar de inmediato extracciones ilegales, especialmente en zonas de escasez, con auxilio de la fuerza pública bajo control judicial.
¿Conviene el pronto pago?
Puede convenir cuando la infracción es clara, por el descuento; si hay defensa, conviene evaluarla antes de pagar.